Se declara improcedente el despido del trabajador que consumía alcohol de forma habitual en el trabajo
Cáceres, 27 de abril de 2023.
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia ha revocado la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Nº 8 de Murcia, que declaraba procedente el despido de un trabajador por el consumo excesivo y habitual de alcohol durante la jornada de trabajo, condenando a la empresa a readmitir al trabajador, con abono de salarios de tramitación o, en su defecto, a indemnizar al mismo por el despido improcedente.
Consumir alcohol mientras se trabaja es una actividad inapropiada y peligrosa que puede poner en riesgo la seguridad de uno mismo y de los demás en el lugar de trabajo. Sin embargo, ¿justifica esto el despido de un empleado?
La embriaguez habitual o toxicomanía, si repercuten negativamente en el trabajo, es considerada una causa de despido disciplinario por el artículo 54.2 del Estatuto de los Trabajadores.
En muchos casos, el consumo de alcohol en el trabajo puede ser considerado una violación grave de las políticas de la empresa. Si se descubre que un empleado ha estado bebiendo en el trabajo, la empresa tiene el derecho de tomar medidas disciplinarias, que pueden incluir el despido del trabajador.
Pero, ¿es esto siempre justo? ¿Hay alguna circunstancia en la que el consumo de alcohol en el trabajo debería ser permitido?